PITU-MA-12
Incluye las fichas de planeamiento urbanístico por polígonos de intervención territorial para suelo urbano y rural del cantón Morona.
Anexo IV. Fichas de planeamiento urbanístico
Incluye las fichas de planeamiento urbanístico por polígonos de intervención territorial para suelo urbano y rural del cantón Morona.
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PLAN DE USO Y GESTIÓN DE SUELO – CANTÓN MORONA |
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FICHA DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO - POLÍGONO DE INTERVENCIÓN TERRITORIAL URBANO |
CÓDIGO: |
PITU-MA-12 |
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1. DATOS GENERALES: |
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Parroquia: |
Macas |
Clase de suelo: |
Urbano |
Subclase: |
Consolidado |
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Tratamiento urbanístico: |
Sostenimiento |
Superficie bruta: |
127,36 has. |
Superficie neta: |
67,72 has. |
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2. GRÁFICO: |
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3. CONDICIONES PARA LA HABILITACIÓN Y EDIFICACIÓN: |
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Habilitación |
Edificación |
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Lote mínimo (m2) |
Frente mínimo (ml) |
Altura de edificación (pisos) |
COS máximo (%) |
Índice edif. básica |
Índice edif. máxima |
Tipo de implantación |
Retiros mínimos (ml) |
Densidad neta (viv/ha) |
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F |
L |
L |
P |
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120 |
7,00 |
1-3 |
80 |
2,40 |
3,20 |
Continua sin retiro |
- |
- |
- |
3 |
80,00 |
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200 |
9,00 |
1-4 |
85 |
3,40 |
4,25 |
Continua sin retiro |
- |
- |
- |
3 |
50,00 |
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4. USOS DE SUELO: |
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General: |
Comercial y servicios. |
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Principal: |
Mixto. Múltiple. M. |
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Complementario: |
RBD; RMD; AGSP-1; IBIA-1; IBIA-2; IBIA-3; IBIA-4; IBIA-5; IBIA-6; IBIA-7; IBIA-8; IBIA-10; IBIA-11; COM-1; COM-2; COM-5; COM-6; COM-7; COM-11; SERV-1; SERV-4; SERV-6; SERV-8; SERV-9; SERV-10; SERV-12; SERV-14; SERV-16; EQE-1; EQE-2; EQE-3; EQE-4; EQC-1; EQC-2; EQC-3; EQC-4; EQS-1; EQS-2; EQS-3; EQS-4; EQBS-1; EQBS-2; EQBS-3; EQBS-4; EQD-1; EQD-2; EQD-3; EQD-4; EQR-1; EQR-2; EQR-3; EQSP-1; EQSP-2; EQAP-1; EQAP-2; EQAP-3; EQF-1; EQF-2; EQT-1; EQT-2; EQI-1; EQA-1; EQA-2; AV-1; AV-2; AV-3; CP-1; PE-1; PE-2; PE-3. |
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Restringido: |
RAD; IMIA-6; COM-3; COM-4; COM-8; COM-9; COM-12; COM-15; SERV-2; SERV-5; SERV-11; SERV-13; SERV-17; SERV-18; SERV-19; SERV-20; SERV-21; SERV-22. |
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Prohibido: |
RR; AGSP-2; AGSP-3; AGSP-4; AGSP-5; AGSP-6; AGSP-7; AGSP-8; AGSP-9; AGSP-10; AGSP-11; EMC-1; EMC-2; EMC-3; IBIA-9; IMIA-1; IMIA-2; IMIA-3; IMIA-4; IMIA-5; IMIA-7; IMIA-8; IMIA-9; IMIA-10; IAIA-1; IAIA-2; IAIA-3; IAIA-4; IAIA-5; IAIA-6; IAIA-7; IAIA-8; IAIA-9; IAIA-10; IAIA-11; IAIA-12; IARA-1; IARA-2; IARA-3; COM-10; COM-13; COM-14; COM-16; SERV-3; SERV-7; SERV-15; EQSP-3; EQSP-4; EQT-3; EQT-4; EQI-2; EQI-3; EQI-4; EQI-5; EQI-6; EQA-3; EQA-4; CP-2. |
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5. CONDICIONANTES USOS RESTRINGIDOS: |
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CONDICIONANTES AMBIENTALES: · En función del impacto que genere la actividad será necesario realizar el trámite correspondiente ante la Autoridad Ambiental Competente.
CONDICIONANTES ARQUITECTÓNICAS Y URBANÍSTICAS: · Se cumplirá con las determinantes especificadas en la Norma Ecuatoriana de la Construcción (NEC); el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN); y las Normas de Arquitectura y Urbanismo, que forman parte de la presente ordenanza referentes con: la tipología de la edificación, número de usuarios, superficie de construcción, accesibilidad, estacionamientos, parámetros de localización, entre otros.
CONDICIONANTES DE LAS ENTIDADES DE CONTROL: · Se cumplirá con las condiciones de regulación y control determinadas por las Entidades Competentes Estatales; sean estas de carácter ministerial o sus agencias de control adscritas. |
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6. DETERMINANTES ADICIONALES: |
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· Para los predios que se encuentren afectados por franjas de protección de ríos y quebradas; limitaciones topográficas, taludes, riesgo a inundaciones, movimientos en masa, fajas de servidumbre por redes de alta tensión, red vial estatal y otras infraestructuras, el establecimiento de los retiros se realizará conforme se determine en el Anexo Nº 3. (Propuesta del PUGS. Componente Urbanístico. Afectaciones por protección); y en el Título II. Régimen urbanístico del suelo y la edificación. Capítulo VI. De las afectaciones; que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
· Los predios ubicados al interior del área correspondiente al cono de aproximación del aeropuerto deberán sujetarse a las disposiciones establecidas por la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) en cuanto a la altura máxima permitida para edificaciones. Toda solicitud de autorización de edificación en esta zona deberá contar con el informe vinculante emitido por la autoridad competente en materia de aviación civil, que determine la compatibilidad de la altura propuesta con la seguridad operativa del aeropuerto.
· En predios existentes con anterioridad a la vigencia del PUGS, cuya superficie y frente sean inferiores al mínimo establecido, podrán ser edificados siempre y cuando cumplan con lo establecido en el Anexo N °3. (Propuesta del PUGS. Componente Urbanístico. Determinantes de uso y ocupación del suelo); y en el Título II. Régimen urbanístico del suelo y la edificación. Capítulo V. Determinantes urbanísticas especiales; que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
· En los casos en que los predios se ubiquen dentro del margen de protección de un río o quebrada y cuenten con frente a vías públicas marginales que dispongan de veredas o bordillos definidos, la implantación de edificaciones deberá respetar el retiro frontal desde la vía pública conforme a lo establecido en el Polígono de Intervención Territorial (PIT).
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7. INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN COMPLEMENTARIOS: |
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El Polígono de Intervención Territorial Urbano PITU-MA-12 no será objeto de un plan urbanístico complementario, no obstante, si durante la vigencia del PUGS surge la necesidad, de detallar, completar y desarrollar de forma específica las determinaciones contenidas en la presente Ordenanza; su elaboración deberá estar justificada técnicamente. |
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8. OBSERVACIONES: |
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La codificación y usos de suelo asignados al polígono de intervención territorial se detalla en el Anexo Nº 03 (Propuesta del PUGS, Componente urbanístico. Aprovechamiento urbanístico. Determinantes de uso y ocupación del suelo), que forma parte integrante de la presente Ordenanza que regula el uso, ocupación y gestión del suelo urbano y rural del cantón Morona. |
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